Normas Educación Secundaria para Jóvenes y Adultos

La Educación Secundaria para Jóvenes y Adultos se crea en el Instituto Técnico "Adrián Pascual Urquí­a" en el año 2006 con los objetivos de:

Crear un espacio que permita completar su formación secundaria a aquellas personas que, por motivos diversos, no han podido hacerlo en su oportunidad.

Otorgar tí­tulos secundarios de validez nacional habilitantes para continuar estudios universitarios o superiores.

Ofrecer capacitación para insertarse laboralmente o mejorar su calificación.

Que los alumnos puedan vivenciar el acompañamiento y seguimiento docente para estimular su autoestima cultivando valores éticos que los hace mejores personas y útiles ciudadanos.

Potenciar en los alumnos el sentimiento de autoestima y la confianza en si mismo, de forma que pueda construir expectativas positivas sobre sus posibilidades de aprendizaje y progreso en los planos personal, laboral y profesional.

Establecer relaciones sociales cada vez más amplias y aprender estrategias y procedimientos de participación y tolerancia, desarrollando actitudes de ayuda y colaboración.



Régimen de calificación, evaluación y promoción.

El alumno tiene el derecho de ser evaluado con plena objetividad y dentro del marco legal.

a) La escala de calificaciones es de 1 a 10 puntos.

b) Las calificaciones parciales o de seguimiento se expresan en números enteros y se informan en la "LIBRETA DE SEGUIMIENTO".

c) La calificación mí­nima para aprobar en todas las instancia es de 6 (seis) puntos.

d) El alumno aprueba una asignatura si cumple con tres condiciones, ellas son:
d.1) Tener un promedio final 6 (seis) puntos o más.
d.2) Tener un promedio de 6 (seis) puntos o más en el tercer trimestres.
d.3) Tener una asistencia del 90% a las clases


Para PRIMER AÑO Educación Secundaria para Jóvenes y Adultos.

a) PROMEDIO DE CADA TRIMESTRE: se expresa en decimales SIN REDONDEO.

b) CALIFICACIÓN O PROMEDIO FINAL: se obtiene entre los promedios de los tres trimestres. Se redondea a números enteros o fracciones de 50 (cincuenta) centésimos.

c) Los alumnos que no aprobaron una materia tienen derecho a coloquio.


Para SEGUNDO y TERCER AÑO Educación Secundaria para Jóvenes y Adultos.

a) PROMEDIO DE CADA TRIMESTRE: se expresa en decimales SIN REDONDEO.

b) CALIFICACIÓN O PROMEDIO FINAL: se obtiene entre los promedios de los tres trimestres. NO SE REDONDEA.

c) Los alumnos que no aprobaron una materia tienen derecho a coloquio si el promedio final es mayor o igual a 4 (cuatro) puntos.

Régimen de Asistencia.

El alumno debe tener el 90% de asistencia a clases o talleres.

En los casos de acreditar certificados de trabajo se considera el régimen semi-presencial y se justifican las inasistencias o tardanzas.

Las tardanzas o retiro anticipado de las clases, injustificado, se computarán como media inasistencia.

Es obligatoria la asistencia a las evaluaciones previamente avisadas. De no existir certificado que justifique su falta por razones laborales o de salud, en caso de inasistencia le corresponde la calificación de 1 (uno).


Régimen Semi-presencial:

Es una modalidad autorizada solamente para los alumnos que presenten Certificado de Trabajo.

Certificado de Trabajo: el mismo debe ser presentado a Supervisión, por lo tanto debe constar en él:

a) Membrete de la empresa.

b) Tarea y horarios de desempeña laboral.

c) Firma autorizada por la patronal.

d) Debe ser renovado mensualmente:
d.1) El alumno que goce de este beneficio deberá acordar con el docente a cargo de cada materia los momentos en que recuperara las evaluaciones.


Derechos de los alumnos.

a) Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad debiendo ser respetada su integridad y dignidad personal, así­ como su libertad de conciencia y sus convicciones morales y religiosas.

b) Ser valorado en su rendimiento integral con plena objetividad.

c) Recibir dentro de los ocho dí­as de tomadas una evaluación la calificación correspondiente.

d) Los alumnos pueden tener un máximo de dos evaluaciones o exámenes en un dí­a.

e) Utilizar las instalaciones del Instituto dentro del marco de la programación de las actividades escolares y extraescolares.

f) Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad Educativa y el respeto que merece la institución de acuerdo con los principios y derechos pertinentes.

g) Los alumnos tendrán una LIBRETA DE SEGUIMIENTO, que es el instrumento para mantenerse informado sobre su desempeño. Se asentaran las calificaciones de las evaluaciones y las inasistencias.

h) Tendrán el honor de conducir y acompañar la Bandera Nacional los alumnos del último año que hayan sobresalido en su desempeño académico y condiciones personales.


Deberes de los alumnos.

a) Asistir a clases con puntualidad, cumpliendo y respetando los horarios aprobados para el desarrollo de la actividades de Educación Secundaria para Jóvenes y Adultos.

b) Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Instituto, y además respetar las pertenencias de los miembros de la Comunidad Educativa.

c) Respetar las normas de convivencia dentro de la escuela así­ como durante la ejecución de aquellas actividades complementarias y extraescolares que sean realizadas fuera del recinto.

d) Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad Educativa.

e) Los alumnos tienen el deber de seguir las orientaciones del profesor respecto a su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

f) Deben hacerse cargo del uso y cuidado de los elementos y útiles que traen a la escuela, ya que la institución no se ha ce responsable de la pérdida, daño y/o sustracción de los mismos.

g) Aseo y Buena Presencia: partiendo del principio, socialmente aceptado, de que la presencia debe estar de acuerdo con las actividad que se desarrolla y el lugar en que se hace, y entendiendo que la Institución donde tiene lugar merece el mayor respeto, la asistencia a la escuela requiere corrección según las normas elementales de recato en la vestimenta, aseo e higiene.

h) Usar el uniforme correspondiente.

i) Poseer la Libreta de Seguimiento para que los docentes puedan volcar las calificaciones correspondientes.


Conductas contrarias y perjudiciales a las normas de convivencia e incumplimiento de los deberes por los alumnos.

De acuerdo con lo establecido en relación a las normas para los alumnos de Nivel Medio Adulto, serán consideradas conductas contrarias a las normas de convivencia:

a) Las reiteradas faltas de puntualidad injustificadas.

b) El abandono injustificado de una hora de clase o taller.

c) El consumo, dentro del colegio, de alcohol, tabaco o cualquier otra sustancia prohibida por la legislación vigente.

d) Molestar con ruidos, gritos, carreras u otras manifestaciones que perturben el desarrollo de las actividades escolares.

e) La realización de pintadas en paredes o mobiliario, así­ como arrojar papales, agua o desperdicios.

f) El incumplimiento de las normas sobre vestimenta.

g) El deterioro del material e instalaciones del colegio en forma intencionada o por negligencia.

h) Conductas que atentan contra los derechos cí­vicos.

i) La reiteración, en un m ismo curso escolar, de conductas que no favorezcan el normal y productivo desarrollo de las clases.

j) El trato injurioso, ofensivo, vejatorio o degradante a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, que atente contra su integridad fí­sica o moral.

k) Mantener "encendido" el teléfono celular durante el desarrollo de las actividades institucionales.
Esta falta se sancionará:
#) La primera vez: Será retirado por el profesor y depositado en Coordinación. Además el alumno deberá firmar en el Libro de Disciplina.
#) De repetirse la situación: se retira el aparato y se sancionara con una Amonestación.

l) El uso de elementos electrónicos, informáticos o nuevas tecnologí­as, que no correspondan a la actividad de aprendizaje propuesta por el docente.

m) Subir filmaciones a Internet relacionadas a la vida institucional o que invadan la privacidad de los integrantes de la Comunidad Educativa.


Corrección de las conductas contrarias y perjudiciales para la convivencia en la escuela.

El incumplimiento de alguna de las normas de convivencia será valorada considerando la situación y las condiciones personales del alumno, el reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta o la falta de intencionalidad.

Las medidas correctoras aplicadas serán comunicadas por escrito al interesado.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia del Instituto, podrán ser corregidas de acuerdo a la gravedad del hecho con las siguientes acciones:

a) Firma en el Libro de Disciplina.
Tres (3) firmas corresponden a una (1) AMONESTACIÓN.

b) Amonestaciones: hasta un máximo de veinte (20).

c) Suspensión de asistencia a clases.

d) Expulsión.

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