a) En caso de inasistencia se debe:
#. Enviar correo electrónico a personal@itapu.edu.ar, el cual llegara al Equipo Directivo, Fundación, Jefe de Preceptores, Administración, Coordinadores de los Nivel Secundario para Jóvenes y Adultos y del Anexo Rural y Recepción.
#. Quién deba presentar certificado médico u otro documento que avale la inasistencia entregar a Claudia Miretti.
#. El personal que necesite retirarse del Instituto durante sus horarios de trabajo, deberá enviar un correo electrónico a personal@itapu.edu.ar para que se registren los momentos en que se ausentó.
b) Todo el personal del Instituto que esté en actividad en el momento de realizarse un acto conmemorativo, tiene la obligación de asistir al mismo.
c) Todo el personal del establecimiento debe colaborar con el cuidado de los muebles y útiles del edificio escolar y de los insumos (electricidad, gas, agua, etc.).
d) Los elementos de trabajo del Instituto (maquinarias, computadoras, televisores, herramientas, etc.) NO se prestarán para su uso fuera del colegio, salvo que medie previa autorización del equipo Directivo.
e) Todo el personal del Instituto deberá registrar su ingreso y egreso al establecimiento según su horario laboral correspondiente.
1) Los profesores deben asistir puntualmente al dictado de sus clases.
2) Las actividades áulicas deben ocupar la totalidad del tiempo asignado.
3) Los docentes y los estudiantes no pueden retirarse de sus lugares de trabajo hasta cumplido el horario correspondiente.
4) Docentes y preceptores tienen obligación de asistir a:
#. El horario correspondiente según su cargo.
#. Las reuniones generales de personal. (Su inasistencia corresponde a 2 faltas).
#. Talleres de reflexión (Su inasistencia corresponde a 2 faltas).
#. Las reuniones citadas por los Departamentos de Materias Afines. Finalizada la reunión de Departamento el Jefe debe presentar a Dirección una lista de sus integrantes firmada por quienes asistieron. (Su inasistencia corresponde a 2 faltas)
#. Las reuniones para diagnosticar y evaluar los estudiantes de cada curso (Su inasistencia corresponde a 2 faltas).
#. Los actos conmemorativos que les corresponden (Su inasistencia corresponde a 1 falta).
#. Las reuniones convocadas para desarrollar proyectos en el que se han comprometido. (Su inasistencia corresponde a 1 falta) >
5) Todos los docentes que se encuentren en el Instituto deben asistir a los actos de izamiento y arrío de la bandera.
6) Los profesores deberán entregar durante los primeros días de clases; un mapa conceptual o programa para que los estudiantes conozcan los contenidos a desarrollar en la materia.
7) Dictar clases organizadas, previamente planificadas, utilizando metodologías adecuadas y variadas.
8) Hacer uso eficiente y con sentido común de todos los recursos didácticos que posee la escuela.
9) Implementar los criterios de evaluación acordados en el Departamento de Materias afines. En caso de no cumplir con lo acordado, la Dirección podrá dejar sin efecto los resultados de la evaluación.
10) Explicar a los estudiantes, los criterios de evaluación a aplicar.
11) No corregir evaluaciones durante el horario de clases.
12) Certificado Aptitud Psico-Física: Todo docente debe presentarlo por única vez, al momento de iniciar su actividad. El plazo máximo de presentación a la Administración es de 120 días.
13) Uso del Cuaderno de Comunicaciones:
#. La calificación debe asentarse en el cuaderno de comunicaciones, en el momento que se hace entrega de la evaluación al estudiante.
#. Registrar los incumplimientos y las faltas de disciplinas de los estudiantes.
#. En caso de ausencia del cuaderno de comunicaciones en el momento de tener que registrar alguna nota; anotarlo en una planilla a tal efecto adjunta al libro de temas.
14) El docente titular de un espacio curricular debe cargar en CiDi las calificaciones correspondientes al fin de cada trimestre.
15) Entregar en tiempo y forma las tareas solicitadas por el Equipo Directivo o Administrativo.
16) Las planificaciones de las actividades extra-programáticas (viajes, visitas, competencias, etc.), deben ser entregadas según lo exige la superioridad y con 15 (quince) días de anticipación, caso contrario, no se autorizará la actividad.
17) Los profesores y preceptores son responsables, conjuntamente con los estudiantes, del orden y la higiene del curso.
18) El profesor al retirarse del curso debe apagar, o hacer apagar las luces, aires acondicionados, cañón y equipo de sonido.
19) El profesor que necesite dictar clases en biblioteca, deberá comunicárselo al personal a cargo de la sala.
20) El uso del Auditorio debe ser solicitado con anticipación en Recepción con el objetivo de reservar su disponibilidad.
21) No interrumpir el dictado de clases. En caso de ser imprescindible, hacerlo cerca del final de la hora.
22) El uso del teléfono celular durante el horario de clases; está permitido S퀜LO con fines didácticos.
23) No se pueden agrupar cursos para el dictado de clases.
24) Todo el personal docente del Instituto debe estar comprometido con el aprendizaje y seguimiento de los estudiantes, por lo tanto debe participar y comprometerse con el proyecto de tutoría.
25) El docente tiene autonomía y la responsabilidad, para resolver los problemas de disciplina o convivencia de sus estudiantes, desde la evaluación de los contenidos actitudinales y el uso adecuado de la planilla de conducta. Para favorecer la convivencia y disciplina se ruega seguir las Normas Institucionales para los estudiantes incluidos en el Acuerdo Escolares de Convivencia (A.E.C.)
Esta Ley establece el REGIMEN DE LICENCIAS E INASISTENCIAS para el personal docente titular, interino y suplente que se desempeña en establecimientos educacionales de todos los niveles, dependiente del Gobierno de la Provincia de Córdoba y de los Privados adscriptos a la provincia conforme la ley 5326, incluidos los transferidos.
Para su estudio hay que distinguir;
a) Para el estudio de las licencias hay que tener presente:
#. Si los docentes son TITULARES/INTERINOS O SUPLENTES.
#. Que hay licencias CON Y SIN GOCE DE HABERES.
#. Que estas pueden ser por DíAS CORRIDOS O HíBILES.
#. Que pueden ser CONTINUAS O DISCONTINUAS.
b) Para el estudio de las inasistencias hay que tener presente:
#. Que pueden ser JUSTIFICADAS O INJUSTIFICADAS.
#. Que la acumulación de injustificadas es causal de despido o cesantía.
#. De corto tratamiento: hasta 60 días al año, continuos o discontinuos.
#. De largo tratamiento: hasta dos años, continuos o discontinuos.
#. Licencia por maternidad de ciento ochenta dias (180) corridos a partir de la fecha del Pre-Parto (son 20 dias o 30 días).
#. Cuando el parto se adelante, los días no tomados se pierden y si el parto se atrasa, se le otorga licencia por enfermedad hasta el parto.
#. Para el padre: ocho (8) días corridos.
#. Hasta 10 días al año, continuos o discontinuos, para atender cónyuge, padre, hijos, hermanos o terceras personas.
#. Hasta 15 días por matrimonio: hasta 2 días por nacimiento o matrimonio de hijos, hasta 12 días por fallecimiento de cónyuge, padre o hijo, hasta 6 días por fallecimiento de suegro, hermano o cuñado.
#. Hasta 15 días hábiles al año, continuos o discontinuos, para rendir exámenes universitarios o secundarios. ESTA ES LA ÚNICA LICENCIA OTORGADA POR DÍAS HÁBILES.
#. O para realizar estudios, investigaciones o trabajos científicos, técnicos o artísticos. Término variable.
#. Quedan a juicio de la autoridad escolar.
#. Queda comprendida en esta causal quienes ocupen cargos efectivos en mutuales del magisterio.
#. Se requiere un año de antigüedad para acceder.
#. Hasta un año después de agotar los dos años de licencia con goce de haberes.
#. Es la misma que con goce de haberes. Queda a criterio de la autoridad escolar la forma y el tiempo.
#. Aquí queda comprendida la licencia POR CARGO DE MAYOR JERARQUíA, la que se otorga como por otras causas mientras dure en el cargo. SE HA ENTENDIDO QUE EL CARGO DEBE SER INTERINO O SUPLENTE.
#. Por igual período al de la beca o comisión.
#. EL PERSONAL DOCENTE SUPLENTE GOZA DE LAS MISMAS LICENCIAS QUE EL TITULAR, SIEMPRE QUE HAYA EJERCIDO LA DOCENCIA DURANTE POR LO MENOS SEIS MESES, CONTINUOS O DISCONTINUOS, EN LOS TRES AÑOS INMEDIATOS ANTERIORES.
#. 30 días corridos para los que tengan menos de 15 años de antigüedad docente y será gozada en Enero.
#. 45 días corridos para los que tengan más de 15 años de antigüedad y será gozada en Enero y primera quincena de Febrero - hay excepciones.
Al personal CON CARGO se le podrán justificar hasta TRES DÍAS CONTINUOS O DISCONTINUOS EN EL MES, NO DEBIENDO EXCEDER LOS DIEZ EN EL AÑO.
Al personal CON HORAS CÁTEDRAS hasta el DIEZ POR CIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE CADA BIMESTRE.
Están facultados para justificar: en la escuela oficial, los directores; en las escuelas privadas, el representante legal y el director autorizado.
1. Solicitar certificado médico en lugar donde es tratado el docente indicando los días estimados de licencia estimada.
2. Llamar con certificado en mano al 0800.888.7326 para informar del tema y le deben dar un NÚMERO DE INCIDENTE.
3. Este "Número de Incidente" se entregará en el ITAPU - sueldos.
4. Lo visitará al enfermo el MÉDICO AUDITOR quien le va entregar una planilla la cual junto al certificado médico de profesional que lo atiende debe ser entregados en la sección Sueldos del ITAPU para tramitar la licencia correspondiente.
5. MUY IMPORTANTE: Si la licencia por enfermedad es de 14 días o más debe ir a Junta Médica.
Para ello:
a. Solicitar turno al TE 0800.888.1234
b. Retirar en el Instituto una Planilla que debe presentar el día del turno otorgado por la Junta Médica.
c. Posteriormente traer la mencionada planilla al Instituto.
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